Efectivamente desde el Real Decreto 1162/1991, de 22 de julio, las nuevas leyes procesales, singularmente la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, aconsejan no ya modificar dicho real decreto, sino la aprobación de otro que pueda sistematizar las novedosas
ElGabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de los Letrados que los integran, prestan los servicios propios de los abogados, esto es, la representación y defensa en juicio y el asesoramiento jurídico, todo ello de conformidad con la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de Ordenación del Servicio Jurídico de la
CastillaLa Mancha; Castilla catálogos o indicaciones concretas que conduzcan directamente a la cuantificación de los honorarios de los abogados y destaca que la excepción que contempla
Licenciadaen Derecho por la Universidad de Castilla La Mancha y abogada del Colegio de Abogados de Madrid desde el año 2001. Tiene un máster en Derecho de familia y sucesiones por la Escuela Jurídica de la Universidad Complutense de Madrid, centro en el que también cursó título experto en asesoría de empresas.
Conla entrada en vigor del Estatuto General de la Abogacía el 1 de julio de 2021, y adaptándose a las modificaciones realizadas en la Ley de Colegios Profesionales 2/1974, de 13 de Febrero, por la Ley Omnibus 25/2009, de 22 de diciembre, reiteramos nuevamente que la cuantía de los honorarios será libremente convenida entre el cliente y el
composiciÓndel consejo de la abogacÍa de castilla-la mancha junta de gobierno presidente: excmo. sr. d. josÉ luis vallejo fernÁndez
. 32 78 291 110 384 101 296 108 77
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